Actualización de los observatorios de costes, precios y actividad y Acuerdo multilateral M-292

 

 

http://www.fetrama.com/wp-content/uploads/2016/03/Presentación-Observatorios-marzo-2016.pdf

http://www.fetrama.com/wp-content/uploads/2016/03/ACUERDO-MULTILATERAL-M-2921.pdf

http://www.fetrama.com/wp-content/uploads/2016/03/BOE-A-2016-24931.pdf

http://www.fetrama.com/wp-content/uploads/2016/03/ACTUALIZACION-DE-LOS-OBSERVATORIOS-DE-COSTES-PRECIOS-Y-ACTIVIDAD1.pdf

Marchas lentas el 19 de marzo por la gratuidad de la AP7

En archivo adjunto les remitimos información sobre las marchas lentas para el día 19 de Marzo por la gratuidad de la AP-7.

 

http://www.fetrama.com/wp-content/uploads/2016/03/INFORMACION-MARCHAS-LENTAS-19-03-2016-POR-LA-GRATUIDAD-DE-LA-AP-7.pdf

http://www.fetrama.com/wp-content/uploads/2016/03/MARCHA-LENTA-AP7-Participantes-Hospitalet-SUR.pdf

http://www.fetrama.com/wp-content/uploads/2016/03/MARCHA-LENTA-AP7-Participantes-Tarragona-NORTE.pdf

http://www.fetrama.com/wp-content/uploads/2016/03/MARCHA-LENTA-N340-El-Perelló.pdf

http://www.fetrama.com/wp-content/uploads/2016/03/MARCHA-LENTA-N-340-El-Vendrell.pdf

 

 

Sanciones en Francia

 

Estimados asociados:

Distintos asociados a Fetrama nos han comunicado que en Francia se está sancionando a los transportistas que realizan conducción en equipo por el hecho de no hacer la pausa/descanso después de 4 horas y 30 minutos de conducción. Este hecho es especialmente grave ya que, hasta ahora, y según una nota interpretativa del Consejo de la Unión Europea, se consideraba que de las 4 horas y 30 minutos que el conductor 2 estaba en disponibilidad 45 minutos eran pausa/descanso. Esto permitía que en un transporte con conducción en equipo se circulara casi 18/20 horas sin parar.

Como quiera que Francia puede que haya decidido no aplicar esta nota interpretativa, debemos prestar atención y evitar cometer esta infracción ya que la Gendarmería considera que al no hacer la pausa reglamentaria se suman los dos periodos de conducción dando lugar a un exceso de conducción ininterrumpida del 100% (9 horas ininterrumpidas) lo que está dando lugar a sanciones de 4000 € que hay que pagar en el acto.

Hasta que se aclare esta circunstancia debemos recomendar que se realice el descanso correspondiente tras una conducción de 4 horas y media por cada conductor, lo que se cumple cuando después de la conducción del segundo conductor, realicen ambos conductores la pausa/descanso de 45 minutos. Con ello se cumple dicha pausa y ya no da lugar a la infracción.

Saludos.