A partir del 1 de septiembre entra en vigor, para nuevas matriculaciones de vehículos industriales y comerciales denominados LD (Light Duty, vehículos cat N con una masa de referencia1 hasta 2.610kg o 2810kg si lo decide el fabricante), la Reglamentación WLTP de emisiones contaminantes de CO2.
Los vehículos LD son los que en su Tarjeta de ITV en el campo sobre emisiones EURO (V.9) se utiliza la numeración arábiga (ej: EURO 4, EURO 5).
El 31 de agosto de 2019 es la fecha límite para poder matricular vehículos LD que no cumplan con estos requisitos, solo pudiéndose matricular con fecha posterior los vehículos que estén incluidos en los correspondientes listados de fin de serie que apruebe el Ministerio de Industria.
Por esto si se tiene conocimiento de vehículos LD que no estén matriculados y que no cumplan las reglas WLTP y se prevé que no se van a poder matricular antes del 1 de septiembre, pónganse en contacto con el concesionario para que el vehículo pueda se ser incluido en el correspondiente listado fin de serie.
ENTRADA EN VIGOR DE LA REGLAMENTACIÓN WLTP PARA NUEVAS MATRICULACIONES