CERTIFICADO DE DESPLAZAMIENTO EN FRANCIA

Les hacemos llegar la información que desde la asociación francesa FNTR nos hacen llegar al respecto del certificado de desplazamiento que era obligatorio llevar para realizar cualquier viaje con destino a Francia o de tránsito por este país.

 Os informamos de que ya no es obligatorio el llevar este certificado. Ya no será necesario que el conductor porte consigo el certificado que os facilitamos, que formaba parte como Anexo III de la Comunicación de la Comisión Europea, ni ningún otro documento de esta misma naturaleza.

SITUACIÓN EN EL TÚNEL DE FRÉJUS

La asociación italiana CONFETRA a través de la IRU ha informado que por motivo de la situación actual provocada por la pandemia del COVID-19, el Túnel FRÉJUS desde el 1 de julio hasta el 30 de septiembre de 2020, podrá ser usado por camiones tipo EURO 3 y EURO 4 con una MMA superior a 3,5 toneladas , siempre y cuando el propietario del vehículo demuestre que tiene encargado un vehículo más ecológico que reemplace a ese EURO3 o EURO 4 que va a hacer uso del túnel.

CONTINUA LA VUELTA DE LAS RESTRICCIONES AL TRAFICO EN CATALUÑA

El Departamento de Interior de la Generalidad de Cataluña ha publicado la RESOLUCIÓN INT/1463/2020, de 18 de junio, por la que se deja sin efecto el levantamiento excepcional de las restricciones a la circulación de camiones que todavía estaban vigor, al entenderse que han desaparecido la necesidad de garantizar de circulación de los transportes destinados a bienes y servicios esenciales que motivaron el levantamiento de estas restricciones.

PRÓRROGA DE LA PROHIBICIÓN DE LOS VIAJES NO IMPRESCINDIBLES DESDE TERCEROS PAÍSES

Ayer, 22 de junio de 2020, se ha publicado en el Boletín Oficia del Estado la Orden INT/551/2020, de 21 de junio, por la que se prorrogan los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Se denegará la entrada por motivos de orden público o salud pública, a toda persona nacional de un tercer país, salvo que:

INAPLICACIÓN DEL CERTIFICADO DE DESPLAZAMIENTO EN ITALIA

Les hacemos llegar la información que nos a través de la IRU nos llega desde Italia.
Se nos indica que ya no es necesario más tiempo el contar con el certificado de desplazamiento para Italia, así como notificar a los departamentos de salud local, ni se aplican los tiempos máximos para estar en el país (72 horas para operaciones con destino Italia y 24 horas para transitar).