Hacienda confirma que el límite para tributar en módulos en 2025 se mantiene en 125.000 euros

La Agencia Tributaria ha emitido una nota informativa para aclarar la situación del régimen de módulos en el IRPF, tras la incertidumbre generada la derogación del Real Decreto-ley 9/2024 en el que se ampliaban los límites de facturación.

La Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM) solicitó al Gobierno una aclaración urgente ante la situación de inseguridad jurídica en la que se encontraban miles de transportistas autónomos, al no saber si podrían continuar en el régimen de estimación objetiva durante este ejercicio.

Finalmente, la Dirección General de Tributos ha confirmado que en 2025 se mantienen los límites para la aplicación del método de estimación objetiva vigentes en los ejercicios 2016 a 2024. 

Seguridad jurídica 

Tal y como recoge la nota informativa, al haberse producido la causa de exclusión de “forma sobrevenida” y habiendo estado vigente la ampliación de los límites entre el 1 y el 22 de enero de 2025, se entiende que los contribuyentes habían iniciado el ejercicio con la certeza de poder determinar su rendimiento con arreglo al método de estimación objetiva. Por tanto, la exclusión no tendrá efectos en 2025, sino que se aplicará a partir de 2026.

Esto se base en lo establecido en el artículo 34.1 del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del IRPF, que señala que “la exclusión producirá efectos desde el inicio del año inmediato posterior a aquel en que se produzca dicha circunstancia”, reforzando así el principio de seguridad jurídica.

 

Abierto el plazo para solicitar las ayudas al abandono de la actividad de los transportistas autónomos en 2025

Este martes se ha publicado en el BOE el extracto de la Resolución de convocatoria de ayudas 2025. El plazo de presentación de las solicitudes comienza este miércoles 5 de marzo y finaliza el próximo 4 de abril. 

Hay que recordar que la edad mínima para solicitar estas ayudas es de 63 años, sin existir límite superior de edad.

La ayuda debe solicitarse a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible que, además, tiene publicada una guía en la que se pueden comprobar los pasos que hay que llevar a cabo.  GUÍA SOLICITUD

Selección 

Una vez finalizado el plazo de presentación, se inicia el proceso de selección de los solicitantes, que deben cumplir con todos los requisitos fijados en los artículos 3 y 4 de la orden que estableció las bases reguladoras.

Se publicará un listado provisional de beneficiarios, concediendo un periodo de alegaciones de diez días a todos los interesados. Transcurrido dicho plazo, y realizados los cambios oportunos a partir de las alegaciones que hayan sido estimadas, se publicará la Resolución definitiva de beneficiarios.

Tras esta publicación se solicita a cada beneficiario la presentación de una serie de documentos (baja de la autorización de transporte, del permiso de conducir, etc.) y, una vez validados los mismos, se inicia el trámite del pago.

Presupuesto

La cuantía de las ayudas será la misma que el año anterior: un máximo de 9.780.000 €, de los cuales 9.630.000 € se distribuirán entre los beneficiarios y 150.000 € se reservarán para posibles recursos estimatorios.

De acuerdo con lo dispuesto en las bases reguladoras de estas ayudas, la cuantía que se otorgará por el total de las autorizaciones de transporte público de que fuera titular, a las que debe renunciar el beneficiario para proceder al cobro de la ayuda, será de 30.000 €. Si el beneficiario tuviera una edad inferior a sesenta y cinco años, se otorgarán 5.300 € más por cada seis meses completos que le falten para cumplir sesenta y cinco años. El cómputo de los semestres completos se hará a partir del 1 de junio del ejercicio en que se otorgan las ayudas.

Los beneficiarios a los que se hubiera declarado incapacidad permanente en grado total, absoluta o gran invalidez para el desempeño de la profesión habitual de transportista no percibirán cantidad alguna por este concepto, con independencia de su edad.

PREGUNTAS FRECUENTES

Aviso especial de la AEMET por lluvias intensas y tormentas

La Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) ha enviado un aviso especial ante el progresivo aumento de la inestabilidad y el aumento de los chubascos fuertes o persistentes.

Mapa de avisos para este lunes 3 de marzo

Este lunes se esperan los mayores acumulados en el entorno del Golfo de Cádiz, Estrecho y Costa del Sol, así como en el sur de Tarragona y Comunidad Valenciana, donde las precipitaciones pueden ser localmente fuertes, sin descartarlas muy fuertes, y persistentes, con acumulados que en la Comunidad Valenciana superarían los 100 mm en 12 horas y en Andalucía irían acompañadas de tormenta y granizo pequeño, esperándose cantidades por encima de 80 mm en 12 horas en el Estrecho y Costa del Sol.

Mañana martes los mayores acumulados se concentrarían en el tercio oriental peninsular, particularmente en las provincias de Tarragona, Castellón y Valencia, sin descartar que se puedan extender hacia el interior, norte de Alicante o afectar al Estrecho y Costa del Sol. Aunque la principal característica de las precipitaciones será la persistencia, con acumulados que alcanzarían los 60 mm en 12 horas, se espera que se sigan registrando precipitaciones localmente fuertes. El miércoles y el jueves continuaría la situación de inestabilidad. Con creciente incertidumbre, se esperan los mayores acumulados en el litoral mediterráneo y Alborán, hasta el Estrecho, con las zonas más afectadas nuevamente en el sur de Tarragona, Castellón, Valencia, Alicante, Murcia y Almería el miércoles, extendiéndose el jueves a la Costa del Sol y Estrecho.

Se prolonga la inestabilidad 

La inestabilidad continuará a partir del viernes. La información actual, con elevada incertidumbre asociada, apunta a que las zonas más afectadas pasarían a ser el nordeste peninsular, sistema Central y golfo de Cádiz, donde las precipitaciones volverían a ser localmente fuertes y persistentes. También Canarias se verá afectada por precipitaciones intensas los próximos días.

Recomendamos a las empresas de transporte y los profesionales del sector hacer un seguimiento actualizado de esta información. A continuación, dejamos algunos enlaces que pueden servir de ayuda:

ACTUALIZACIÓN DE LAS SANCIONES PARA CONDUCTORES PROFESIONALES

El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha publicado este martes una resolución en el Boletín Oficial del Estado modificando los controles sobre las jornadas laborales de los conductores de transporte por carretera. Esta actualización adapta la normativa española a las directrices europeas establecidas en la Directiva Delegada (UE) 2024/846.

La resolución introduce cambios en el anexo III de la normativa vigente. Hay que recordar que la escala de infracciones relacionadas con los tiempos de conducción y descanso se divide en cuatro niveles de gravedad:

  • Leve
  • Grave
  • Muy grave
  • Infracción muy grave con pérdida de honorabilidad

Con estos cambios se busca reforzar la seguridad en las carreteras y garantizar mejores condiciones laborales para los transportistas. Las empresas del sector deberán adaptarse a estas nuevas regulaciones para evitar sanciones y cumplir con la legislación vigente. Se puede acceder a la Resolución completa aquí.

Publicadas las restricciones a la circulación de camiones en Cataluña

Ya se han publicado en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña las restricciones a la circulación de vehículos durante el año 2025.

Resumimos algunos de los puntos más destacados, pero la Resolución ISP/430/2025, de 11 de febrero, completa puede descargarse AQUÍ

Vehículos afectados 

  • Vehículos de mercancías que superen los 7.500 kg de masa máxima autorizada (MMA).
  • Vehículos en transporte especial o que transporten mercancías peligrosas.
  • Camiones con duotráiler en horarios y días específicos.

Restricciones generales

  • Circulación obligatoria por autopistas y autovías para los camiones de más de 7.500 kg, salvo excepciones (carga, descarga, mantenimiento, descanso).
  • Prohibición de circulación de duotráileres en festivos, fines de semana, viernes por la tarde y tardes de la víspera de festivos. Las tardes de los viernes y las vísperas de festivos comprenden la franja horaria de 15 a 24 horas.
  • Restricciones de circulación en función de la situación meteorológica: en casos de niebla densa, viento fuerte, lluvias intensas o nieve, se obliga a circular por el carril derecho sin adelantar.
  • Sanciones y medidas cautelares: Mossos d’Esquadra pueden detener o inmovilizar vehículos que incumplan las normas.

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