URGENTE: MEDIDAS ESTADO DE ALARMA PARA EL TRANSPORTE DE MERCANCÍAS

Con motivo de la Publicación y entrada en vigor del Real Decreto 463/2020 que declara el Estado de Alarma y dado que su contenido repercute en el desarrollo del Transporte de Mercancías por Carretera, les informamos de lo siguiente:

  •  Por el momento no existen restricciones temporales (ni siquiera al Transporte de Mercancía ADR manteniéndose determinados itinerarios) ni cierres de carreteras. En caso de producirse éstas, les informaremos oportunamente.
  •  Los Organismos Públicos que afectan a nuestro trabajo se encuentran sin servicio de atención al público, por lo que los trámites que han de efectuarse en los mismos, no se pueden realizar. No obstante, los plazos administrativos han quedado suspendidos por lo que, automáticamente, se prorrogan todos aquellos documentos sujetos a los referidos plazos (tarjetas tacografo, tarjetas cap, tarjetas transportes, etc…)
  •  Se facilitará el Transporte de Mercancías por Carretera, con el fin de garantizar el abastecimiento, en especial el de alimentos.
  •  Se deberá facilitar al personal profesional de Transporte el acceso a los Servicios necesarios que faciliten el desarrollo de su cometido (surtidores, centro de carga y descarga, etc…)
  •  En algunas autonomías, se está solicitando a los conductores, una certificación de la Empresa que acredite el desplazamiento del conductor. En este sentido, les remitimos modelo de dicho certificado, que pudiera serles de utilidad. Pueden consultarlo aquí.

A lo largo del día, y conforme vayamos siendo informados por las diferentes Administraciones, les haremos saber el contenido de dicha información.

Y, finalmente, indicarles que nuestras oficinas se encuentran a su disposición telefónica en el horario de siempre, 08:00h a 19:00h.

Saludos.

 ACCESOS PARA EL TRANSPORTE DE MERCANCÍAS EN LA ZONA DE CONFINAMIENTO DE CATALUÑA

El Servicio Catalán de Tráfico ha actualizado el Plan de Actuación de la fase de Emergencia-1 con la última actualización de los accesos que están permitidos para el transporte de mercancías en la cuenca de Ódena.

Las entradas y salidas de los municipios de Igualada, Vilanova del Camí, Santa Margarida de Montbui y Òdena están prohibidas salvo para los vehículos de emergencias y trabajadores autorizados, así como para los transportes de mercancías de las empresas cuya parada pueda suponer riesgo para la población, el transporte o servicios esenciales tales como combustibles, gas, agua potable, suministros sanitarios y de farmacia, distribución alimentaria, residuos sanitarios, residuos urbanos, servicios penitenciarios, piensos y alimentos para animales, servicios bancarios.

Los vehículos de transporte de mercancías deberán acceder por la NII/C-37 en el kilómetro 68.9 en la rotonda C-15/C37/NII y por la A-2 en el punto kilométrico 549.9, accesos y salidas B-222.

Aquí pueden consultar la nota informativa de Trànsit.

 

3ª AMPLIACIÓN – NOVEDADES SOBRE LA AFECTACIÓN DEL CORONAVIRUS AL TRANSPORTE

Ampliamos la información referente a las nuevas medidas que están tomando los diferentes estados para poner freno al coronavirus y que afectan al transporte.

Toda esta información nos llega a través de la IRU, como viene siendo habitual.

A continuación, pasaremos a enumerar los diferentes países:

  • Belarús: En la actualidad no hay restricciones al movimiento de vehículos, mercancías y pasajeros a través de las fronteras de la República de Belarús. Sin embargo, al entrar en el territorio, los ciudadanos extranjeros y belarusos siguen siendo objeto de controles sanitarios permanentes.

Fuente: BAMAP

 

  • República Checa: El Gobierno de la República Checa anunció un «estado de emergencia» con una serie de prohibiciones y limitaciones: o El transporte internacional de pasajeros en autobús se detendrá a partir del 14 de marzo a las 00:00 a.m., los extranjeros pueden salir de la República Checa, los ciudadanos checos pueden regresar;
  • o El transporte internacional de mercancías está exento;
  • o Sólo los principales cruces fronterizos con Austria (DolníDvořiště, ČeskéVelenice, HatěMikulov) y Alemania (Strážný, Pomezín.O., Rozvadov, Folmava, ‘el. Ruda, Krásný Les, H.Sv. Þebestiána) permanecerán abiertas.

Fuente: CESMAD Bohemia

 

  • Georgia: Las autoridades georgianas prohíben la entrada en Georgia a quienes hayan viajado al Irán, Corea del Sur, China, Italia, Alemania, Francia, España y Austria en los últimos 28 días.

Fuente: Delegación de la IRU en Estambul.

 

  • Polonia: ha introducido controles sanitarios en sus cruces fronterizos con Alemania, la República Checa, Lituania, Belarús, Rusia y Ucrania.

Fuente: Ministerio Nacional de Asuntos Exteriores.

 

  • Turquía: Se han introducido controles sanitarios en el cruce de la frontera con Bulgaria.

Fuente: Administración de Aduanas.

PUBLICACIÓN DEL CRITERIO 4/2020 Y LA INSTRUCCIÓN REFERENTE AL REAL DECRETO-LEY 6/2020 POR PARTE DE LA SEGURIDAD SOCIAL

La Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones ante el número creciente de cuestiones que ha suscitado el artículo quinto del Real Decreto-ley 6/2020, relativo a la consideración excepcional situación asimilada a accidente de trabajo de los periodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras como consecuencia del coronavirus, ha publicado el Criterio 4/2020, para tratar este asunto.

El criterio uno, marca que se producirán los efectos de forma retroactiva a la fecha en la que se haya acordado el aislamientos o diagnosticado el contagio. De manera que la prestación económica por incapacidad temporal que se hubiera causado deberá considerarse como situación asimilada a accidente de trabajo.

El criterio dos, marca que la asimilación de la situación es exclusivamente para la prestación económica de incapacidad temporal del sistema de Seguridad Social, sin que, por tanto, se haga extensible dicha consideración a la prestación de asistencia sanitaria que derivará de contingencia común, salvo que se pruebe que la enfermedad se ha contraído con causa exclusiva en la realización del trabajo.

El criterio tres, se deja sin efecto los Criterios 2/2020 y Criterio 3/2020 en lo que respecta al asunto que trata el artículo quinto del Real Decreto-ley 6/2020.

Se adjunta el Criterio 4/2020

También se ha sacado por parte de la misma Secretaría de Estado, una instrucción aclaratoria relativa al nuevo procedimiento de remisión de parte de los Servicios Públicos de Salud por coronavirus, conforme al Real Decreto-ley 6/2020.

Pueden consultar aquí la instrucción.

NOVEDADES SOBRE LA AFECTACIÓN DEL CORONAVIRUS EN EL TRANSPORTE

Ampliamos la información referente a las nuevas medidas que están tomando los diferentes estados para poner freno al coronavirus y que afectan al transporte.

Toda esta información nos llega a través de la IRU, como viene siendo habitual y esta vez también del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

 

A continuación, pasaremos a enumerar los diferentes países:

Austria:

Austria ha introducido controles en la frontera con Italia. Esto ha dado lugar auna acumulación de camiones en las fronteras y por lo tanto el Gobierno del Tirol hadecidido levantar la prohibición de conducir durante el fin de semana del 14 y 15 demarzo.

 

Dinamarca:

El Gobierno danés está investigando la posibilidad de imponer restriccionesadicionales a la entrada en Dinamarca. Las posibles medidas son: examen médicoobligatorio a la llegada, cuarentena obligatoria si se vine de las zonas rojas, denegaciónde la entrada a los extranjeros en la frontera si llegan de las zonas rojas y naranjas. Todamedida se adopta teniendo debidamente en cuenta el mantenimiento de las cadenas desuministro necesarias, incluidas las actividades de suministro de alimentos y de mercadode comestibles, para no obstaculizar, en la medida de lo posible, la capacidad de lasempresas de recibir entregas o exportar mercancías al extranjero.

Fuente: Ministerio Nacional de Asuntos exteriores

 

Alemania:

ha suspendido la prohibición de conducir los domingos para garantizar lossuministros a los supermercados.

Fuente: Ministerio Nacional de Asuntos Exteriores.

 

Hungría:

Hungría anunció ayer por la tarde que restablecería los controles en susfronteras con sus vecinos Austria y Eslovenia, además de prohibir a los viajerosprocedentes de Italia, así como de China, Irán y Corea del Sur.

Fuentes: Autoridades Estatales.

 

Macedonia:

El transporte nacional e internacional de pasajeros en Macedonia estárestringido. Según Amerit, el único cruce fronterizo con Serbia que está abierto para eltransporte y el tránsito es Preshevo – Tabanovce.

Fuente: Amerit

 

Eslovenia:

Se permitirá que el transporte de mercancías siga cruzando las fronteras, sinembargo, se han introducido algunos controles sanitarios en los siguientes pasosfronterizos: Rateče, Robič, Vrtojba, Þkofije, Fernetiči y Krvavi Potok. Se han cerrado otras fronteras eslovenas.

Fuente: Ministerio Nacional de Asuntos Exteriores

 

Suiza:

En el Tesino, con efecto inmediato, el tráfico procedente de Italia se canalizaráhacia los cruces más importantes. Los puestos aduaneros más pequeños han sidocerrados.

Fuente: Administración Federal de Aduanas

 

Ucrania:

ha anunciado el cierre de 170 de los 219 puestos fronterizos.

Fuente: Delegación de la IRU en Moscú.

 

Croacia:

Los ciudadanos croatas, así como los conductores que entran en Croacia desdelos países/áreas más afectados por la enfermedad COVID-19 (categoría 1) son sometidosa una supervisión médica de 14 días en aislamiento domiciliario. Si no es posible elaislamiento en casa, se le somete a un aislamiento organizado de 14 días. Asimismo, losciudadanos croatas y los conductores que entran en Croacia desde la lista más amplia depaíses/áreas afectados (categoría 2) son sometidos a la supervisión médica de 14 díasen aislamiento domiciliario.

 

Categoría 1 países / territorios:

La provincia china de Hubei, incluida la ciudad de Wuhan

  • Lombardía italiana y las provincias de Módena, Parma, Piacenza, ReggioNell’Emilia, Pesaro, Rimini y Urbino, Alessandria, Asti, Novara, Verbano CusioOsolla, Vercelli, Padua, Treviso, Venezia y Bolzano (Bolzano)
  • Condado de Heinsberg en el estado alemán de Renania del Norte-Westfalia
  • La ciudad surcoreana de Daegu y la provincia de Cheongdo
  • Irán

Categoría 2 países/territorios:

  • China (excepto el área ya cubierta por la categoría 1 de medidas)
  • Corea del Sur (excepto el área ya cubierta por la categoría 1 de medidas)
  • Italia: regiones de Véneto, Piamonte, Emilia-Romaña, Tirol del Sur, Marcas
  • Hong Kong
  • Japón
  • Singapur

 

Eslovaquia:

El funcionamiento del transporte internacional por carretera sigue sin estar sujeto a restricciones, pero recordamos un decreto público de la Autoridad de Salud Pública de la República Eslovaca de fecha 9 de marzo de 2020, en el que se informa sobre una decisión relativa a las medidas para prevenir y contener la propagación de COVID-19 y en el que se estipulan las medidas que deben aplicar los conductores del transporte internacional por carretera.

Los conductores que transitan por los territorios de la República Islámica del Irán, la República Italiana, la República Popular de China y la República de Corea o los conductores que transportan, cargan o descargan mercancías en cualquiera de los estados mencionados:

  • deberán utilizar respiradores del tipo FFP2 o FFP3,
  • imitará el contacto directo con el personal en los estados mencionados anteriormente, y
  • tendrán guantes de goma a su disposición en el vehículo, así como desinfectante para las manos.