Recordamos que se debe declarar el kilometraje de gasóleo profesional realizado antes del 31 de marzo
Desde Fetrama se ha iniciado una campaña para recordar a sus asociados que los transportistas, que están dados de alta en el Censo de Beneficiarios del Gasóleo Profesional, deben declarar y comunicar los kilómetros de gasóleo profesional que han realizado con sus vehículos de transporte de mercancías y de viajeros a la Agencia Tributaria.
Los transportistas tienen de plazo hasta el próximo 31 de marzo de 2024 para presentar el kilometraje que han acometido, en el periodo comprendido desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2023. El importe que se devuelve desde el Gobierno se obtiene calculando la diferencia que existe respecto al impuesto de hidrocarburos que se aplica al gasóleo de uso particular.
Esta ayuda se aplica a los titulares de camiones de más de 7,5 toneladas de MMA, autobuses y taxis. Para beneficiarse de esta devolución, desde Fetrama recordamos que los transportistas deben haber utilizado las tarjetas de carburante para gasóleo profesional, bien en sus propias bases de suministro que estén debidamente autorizadas o bien en las estaciones de servicio.
Devolución económica
Así la Agencia Tributaria devuelve de manera trimestral la diferencia del coste del gasóleo, que puede llegar hasta los 4,9 céntimos por litro dentro del territorio nacional, excepto en el caso de las islas Canarias que dispone de un régimen tributario específico para los carburantes.